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TARUFFO, Michele
2016 Consideraciones sobre el precedente. En: IUS ET VERITAS 53. Perú-Lima: PUCP, p 330-342.
Traducción:  Walter Vásquez, con correo walter.vasquez@ppulegal.com
– El 13.08.2016 se recibe el artículo.
– El 15.08.2016 se aprueba el artículo.

Enlace oficial: https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/16552 visitado el 08.01.2026.

https://spgabogados.com/taruffo-2016-consideraciones-sobre-el-precedente/ visitado el 08.01.2026.

Mapa mental de la lectura: https://www.mindomo.com/mindmap/8fcc511ba5a14a39bcfe18cc3b8d46a3 visitado el 08.01.2026.

Grupo telegram: https://t.me/c/3567801165/2 

Índice

1. Introducción
2. ¿Qué es el precedente?
3. El precedente supranacional
4. ¿Qué no es un precedente?
5. Eficacia del precedente
6. Universalismo vs particularismo
7. Un punto de vista distinto

Reseña

Lectura obligatoria si te encuentras revisando decisiones de jueces, en el caso del Perú en el Poder Judicial  se emite resoluciones judiciales, acuerdos plenarios, plenos no jurisdiccionales, ejecutorias vinculantes, relevantes y sentencias plenarias.

Y tanto en el Poder Judicial como en el Ministerio Público se emite resoluciones administratiovas y protocolos para interpretar las normas.

En la lectura al inicio nos brinda conceptos como universalismo, particularismo, nociones del precedente judicial, ratio decidendi, obiter dicta, etc., sin embargo, lo central en la propuesta del autor está en reconocer que el dato fáctico es el caos en los ordenamientos jurídicos, y lo único que debemos identificar son paradigmas que nos muestren la realidad para trabajar con ella.

Siendo ello así, solo podemos aceptar que hay momentos de orden dentro del caos, y que una variable que permite el orden de forma momentánea es el precedente, que tiene dos tiempos, el primero cuando se identifica la ratio decidendi en una decisión judicial, el segundo, cuando se realiza una comparación de los hechos tanto de la decisión judicial donde se identifica la ratio decidendi como los hechos donde se desea aplicar la misma.

Siendo obligatorio motivar la decisión judicial  cuando no se aplica un precedente.

Por último, no desconoce que existe otros factores que acompañan al precedente, por ejemplo:
1. Las decisiones de Corte Suprema de los paises, toman en cuenta sus decisiones.
2. Existe jurisprudencias que pueden ser utilizados para todos los gustos.
3. Existen decisiones no jurisdiccionales utilizados como reglas.

Responsable: Iván Gómez Torres, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Dedicado a defensa en derecho penal.
Contacto: 945 554 525, oficina@spgabogados.com
www.spgabogados.com